Cumplimiento normativo

Ley Antifraude 11/2021 y VeriFactu

Qué es, qué exige a tu software de facturación y desde cuándo te obliga. Y por qué, con MetalSoft, ya estás al día sin complicaciones.

Qué es la Ley Antifraude

La Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, persigue el llamado «software de doble uso»: programas que permiten llevar una contabilidad B y facturar sin declarar todos los ingresos.

Su desarrollo reglamentario ya está aprobado y en vigor: el Real Decreto 1007/2023 (el conocido «Reglamento VeriFactu») y la Orden HAC/1177/2024 fijan los requisitos técnicos que debe cumplir cualquier sistema de facturación. Ya no es un borrador.

Qué exige a tu software

El programa que soporte tu facturación o tu gestión debe garantizar:

Integridad

Los datos no se pueden alterar sin dejar rastro.

Conservación

Los registros se guardan y permanecen disponibles.

Legibilidad

La información se puede leer e interpretar.

Trazabilidad

Cada factura queda encadenada y rastreable.

Accesibilidad

A disposición de la Agencia Tributaria cuando proceda.

Inalterabilidad

Una vez emitido, el registro no se modifica.

Calendario de plazos

  • 29 de julio de 2025Productores y comercializadores de software: programas plenamente adaptados al reglamento.
  • 1 de enero de 2027Empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades: uso obligatorio de software adaptado.
  • 1 de julio de 2027Autónomos y resto de obligados tributarios: uso obligatorio.

Calendario vigente tras el aplazamiento de un año aprobado por el RD-ley 15/2025 (pendiente de convalidación). Las fechas para los usuarios finales se ampliaron respecto a las previstas inicialmente (1 de enero y 1 de julio de 2026).

MetalSoft ya está adaptado a VeriFactu

No tienes que preocuparte por la Ley Antifraude: MetalSoft cumple los requisitos del reglamento y emite tu facturación adaptada a VeriFactu. Nos encargamos de mantenerlo siempre al día con la normativa para que tú solo te ocupes de tu taller.

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